La llegada de dos o más bebés, ya sea por un parto múltiple, o por adopción, es una gran alegría para toda la familia. Sin embargo, también se complica la logística, los gastos se duplican y es necesario analizar y ajustar al máximo el presupuesto familiar. En este post te contamos qué ayudas existen actualmente para partos o adopciones múltiples y cómo puedes solicitarlas.
Multiplicando gastos
Sillita para el coche, cuna, trona, ropa, biberones… un bebé necesita muchas cosas, y si hay más de un bebé, todo se multiplica, como es lógico. Al saber que la familia aumentará con dos o más miembros, es necesario ponerse manos a la obra y calcular todo lo que se va a necesitar y cómo conseguirlo para que el desembolso inicial no arruine el presupuesto familiar desde el principio. Aquí te damos algunas recomendaciones que pueden serte de ayuda:
- Haz un listado con todo lo que vas a necesitar y especifica qué tienes ya, qué puedes conseguir y qué tienes que comprar.
- Cuando compartas con el resto de los familiares la gran noticia, averigua si pueden prestarte alguna cuna, ropa, bañera, o cualquier cosa que pueda servirte para ahorrarte el comprar todo por partida doble.
- Seguro que muchos amigos y familiares te preguntan qué necesitas y qué pueden regalarte; aprovecha estos ofrecimientos para sugerirles regalos útiles que necesites.
- Solicita las ayudas que están a tu disposición.
Ayudas por partos o adopciones múltiples
A continuación, te detallamos las ayudas que existen a nivel estatal y cómo puedes solicitarlas:
1. Prestación económica por parto o adopciones múltiples
Se trata de una prestación de pago único con el que se pretende compensar y ayudar de algún modo a las familias que han tenido 2 o más hijos por parto o adopción, por el aumento de gastos que esto conlleva.
¿Cuál es la cuantía de la prestación?
Para determinar la cuantía hay que calcularla teniendo en cuenta el salario mínimo interprofesional (SMI) y el número de hijos nacidos o adoptados. En el año 2020, y mientras no se haga ninguna reforma, el SMI es de 950 €, por lo tanto, los importes a percibir quedan de la siguiente manera:
En el caso de que alguno de los bebés tenga una discapacidad superior al 33 %, contaría como doble, de manera que, si han nacido dos bebés y uno tiene discapacidad, para la administración cuenta como si se tratara de tres bebés.
¿Quién tiene derecho a esta prestación?
- Aquellas personas residentes en el territorio español de manera legal.
- Quienes no estén recibiendo una ayuda de la misma naturaleza en otro régimen público de protección oficial.
¿Quién debe solicitarlo?
- En el caso de que haya dos progenitores, puede solicitarla cualquiera de los dos, siempre y cuando lo hagan de común acuerdo. En caso de que no lo haya, la beneficiaria siempre será la madre.
- Si los progenitores no conviven, el beneficiario será quien tenga la guarda y custodia de los niños.
- En caso del fallecimiento o abandono de los progenitores, la persona beneficiaria será quien legalmente se haya hecho cargo de ellos.
- Es posible solicitarla, aunque se esté recibiendo el subsidio especial por maternidad de partos múltiples o adopciones y/o ayudas por familia monoparental, familia numerosa, por discapacidad de alguno de los progenitores o asignaciones por hijos o menores a cargo.
¿Cuándo se debe solicitar?
El plazo para presentar la solicitud es de 5 años desde el momento del nacimiento o la resolución judicial por la que se formaliza la adopción.
¿Dónde y cómo se solicita?
Esta prestación se solicita en la oficina del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) más cercano al domicilio y esta es la documentación que hay que aportar:
- DNI en vigor del progenitor o progenitores.
- Certificado de empadronamiento.
- Libro de familia o el certificado en extracto de las partidas de nacimiento expedidas por el Registro Civil.
- Justificante de ingresos que acredite el nivel de renta indicado en la solicitud.
- En caso de divorcio o separación; sentencia oficial que acredite la situación y documento por el que se establece la guardia y custodia de los menores.
- En caso de que los hijos presenten alguna discapacidad; título de minusvalía acreditado por la administración competente.
- En supuestos de familia numerosa; título que lo corrobore.
- Si la madre tiene una discapacidad; título que así lo acredite.
- En caso de tutela; documento con la resolución judicial que así lo determine.
- Formulario de solicitud cumplimentada.
2. Subsidio especial de maternidad por parto o adopción múltiple
Durante la baja por maternidad también se percibe un subsidio especial adicional por cada hijo, a partir del segundo, que equivale a 6 semanas de baja maternal. Por ejemplo, en caso de gemelos o mellizos, a las 18 semanas de baja, se suma la cuantía de 6 semanas más. En caso de trillizos, al subsidio de baja maternal que sería de 20 semanas, se sumaría la cantidad correspondiente a 12 semanas.
3. Deducciones por maternidad
También es conocida como la ayuda a las madres trabajadoras y puede percibirse como pago anticipado de manera mensual con un ingreso de 100 €, o como deducción anual de 1.200 €. En caso de tener más de dos hijos, esta deducción por maternidad se multiplica por el número de hijos nacidos o adoptados.
4. Prestación por nacimiento para familias numerosas, monoparentales o madre con discapacidad
Las familias numerosas, monoparentales con otros hijos previos, o casos de madre con una discapacidad acreditada que tengan o adopten dos o más hijos de golpe, pueden reclamar un pago único de 1.000 €. Para que esta ayuda se conceda, los ingresos familiares no deben superar una cantidad concreta en función del número de hijos a cargo.
Ojalá esta información te sea de ayuda para poder solicitar y beneficiarte de las ayudas vigentes en la actualidad. Del mismo modo, te animamos a que te informes de si en tu comunidad autónoma o en tu municipio existe algún otro tipo de prestación por partos o adopciones múltiples que puedan concederte.
Etapa vital
Referencias
- Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Prestación económica por parto o adopciones múltiples. Recuperado de: http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/PrestacionesPensionesTrabajadores/10967/33761
- Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Prestación económica por nacimiento o adopción de hijo, en supuestos de familias numerosas, monoparentales y en los casos de madres con discapacidad. Recuperado de: http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/PrestacionesPensionesTrabajadores/10967/85
- Rubio, Marta. (2020). Ayudas por parto múltiple. Mujer y madre hoy. Recuperado de: https://mujerymadrehoy.com/ayudas-por-parto-multiple/
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